Publicación íntegra Protocolo para la Vuelta a los Entrenamientos y el Reinicio de las Competiciones Federadas y Profesionales

Valencia CF
Imagen -LaLiga Santander

ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN
II. REINCORPORACIÓN A LA ACTIVIDAD DEPORTIVA
FASE 1: ENTRENAMIENTO INDIVIDUAL O BÁSICO
FASE 2: ENTRENAMIENTO MEDIO
FASE 3: ENTRENAMIENTO TOTAL PRE-COMPETICIÓN
FASE 4: COMPETICIÓN
III. CONFIRMACIÓN DEL PROTOCOLO DEL CSD. APOYO DE
PROTOCOLOS SANITARIOS COMPLEMENTARIOS
IV. CONCLUSIONES
V. FUENTES CONSULTADAS Y APORTACIONES EXTERNAS AL
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
VI. ANEXOS
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I.- INTRODUCCIÓN
Consideraciones previas
El presente documento del Consejo Superior de Deportes es el protocolo de
referencia y obligado cumplimiento para todos los deportistas federados, deportistas
profesionales y de alto nivel, así como para las federaciones y entidades deportivasen las que aquéllos se incardinen, cada uno en la medida en que se define en el
presente protocolo, de cara al reinicio de los entrenamientos y la posterior
reanudación de competiciones oficiales. Se trata del marco mínimo para reactivar el
deporte federado, el deporte profesional y de alto nivel durante el período asimétrico
de desescalada, que podrá ser reforzado (nunca interpretado o debilitado) por
aquellos deportistas, federaciones deportivas y entidades deportivas que así lo
deseen, atendiendo a la muy diversa naturaleza y necesidades de los agentes que
componen el entramado deportivo.
Lo anterior queda vinculado a una condición ineludible: la reanudación de toda
actividad deportiva queda supeditada a que la situación sanitaria lo permita, extremo
que decidirá o mantendrá vigente el Gobierno, a través del mando único establecido
para el vigente Estado de Alarma.
Este protocolo, a partir de la forma jurídica que decida el Consejo Superior de
Deportes, supeditada a las eventuales Órdenes Ministeriales que emita el Ministerio
de Sanidad, será plenamente vinculante y desplegará los correspondientes efectos
jurídicos. Adquirirá el carácter de marco básico para la sanidad y seguridad en el
deporte federado, en el deporte profesional y de alto nivel que saldrá de la pandemia.
Estará permanentemente sujeto a la evolución de tres factores: el normativo, de rango
superior (si el Gobierno así lo estima en cualquier momento), si la situación lo exige;
el médico-sanitario, también determinado por las Autoridades competentes, que podrá
exigir una revisión parcial de este documento; y el de los horizontes competitivos, ante
la eventualidad de que puedan desaparecer temporalmente ciertos eventos o
competiciones (adicionales a los ya existentes).
Finalmente, se señala que este protocolo sanitario es de obligado cumplimiento para
todos los deportistas federados, profesionales o de Alto Nivel que, previa autorización
del Gobierno, deseen regresar o sean convocados a los entrenamientos y a la
posterior competición. Y ello sin perjuicio de las medidas de refuerzo de seguridad
sanitaria que, sumadas a estas exigencias básicas, les vengan impuestas por sus
clubs o entidades deportivas, en su caso. En cualquier caso, este regreso a los
entrenamientos y la competición será bajo su responsabilidad, o bajo aquella que se
derive de los acuerdos que el deportista tenga suscritos con su federación o entidad
deportiva empleadora, lo que incluirá estar al corriente de los seguros que procedan.
Antecedentes y situación general
El pasado 14 de marzo el Gobierno decretó el Estado de Alarma ante la crisis
sanitaria provocada por el COVID-191, anunciándose sucesivas prórrogas a partir del
22 de marzo. El Gobierno de España ha informado desde el principio de esta crisis del
procedimiento de actuación para la prevención del contagio, además de indicar qué
protocolos de actuación deben seguir los servicios de prevención de riesgos laborales
frente la exposición del COVID -192
. Por su parte, el CSD ha permanecido en
permanente contacto con todos los interlocutores del deporte español, profesional y
no profesional, federado y no federado, para hacer un seguimiento de las diversas
situaciones que han ido emergiendo (individuales y colectivas, económicas, laborales,
sanitarias, o de cualquier tipo), manteniendo abiertos todos sus mecanismos de
consulta y coordinación. Adicionalmente, ha creado un mecanismo específico,
orientado a la identificación de soluciones a corto, medio y largo plazo, aplicables a
las problemáticas específicas creadas por la pandemia en el deporte: el Grupo de
Tareas para el Impulso del Deporte, en el que participan una selección amplia, en un
formato de geometría flexible y variable, de las entidades más representativas del
deporte. El presente documento es uno de los encargos de este nuevo cauce de
alerta temprana y coordinación.
Cabe destacar en este planteamiento preliminar que el deporte en general, y algunas
competiciones profesionales en particular (responsables de la mayoría de los ingresos
y empleos, directos, indirectos e inducidos), se han visto perjudicados por la
pandemia, en el ámbito financiero, laboral, competitivo, y también desde el punto de
vista personal y familiar de los deportistas y de los profesionales del deporte,
habiéndose producido numerosos positivos por contagio de COVID-19. El
comportamiento del deporte federado, profesional y de alto nivel español durante la
pandemia está siendo, salvo en muy contadas excepciones, ejemplar: deportistas,
entidades deportivas y otros profesionales del deporte han hecho gala de una gran
capacidad de sacrificio y de enorme solidaridad, contribuyendo al sostenimiento del
sector en estas circunstancias críticas, y mandando mensajes importantes, de moral y
resiliencia, al conjunto de la ciudadanía.

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Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19;
Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (sars-cov-2)
Principios básicos
El presente documento parte de la base de que el deporte federado, profesional y de
alto nivel, por la particularidad del ciclo vital de los deportistas y por las consecuencias
que ya ha tenido la primera parte de la pandemia sobre sus calendarios, es una
actividad esencial. Además, se considera que la futura vuelta de las competiciones
deportivas, tras el largo periodo de confinamiento de la ciudadanía española,
contribuirá a mejorar el ánimo y el bienestar psicológico de la población.
El procedimiento resumido a continuación se basa en la conveniencia de aplicarlo de
forma preferentemente confinada, en una instalación o lugar cerrado a la vía pública y
con acceso limitado al exterior (p.e.: una ciudad deportiva o un hotel de
concentración), para alinear lo más posible las medidas establecidas por el RDL de
Estado de Alarma.
Todo lo que sigue será de aplicación, además de a los deportistas, a los
árbitros/jueces y personal técnico o auxiliar imprescindible que tenga que participar,
en la fase correspondiente, en los terrenos de juego o en espacios anexos necesarios
para desarrollar su labor. En todo caso, el cumplimiento de este protocolo
corresponderá a los deportistas cuando entrenen o compitan bajo su exclusiva
responsabilidad, o a sus clubs o federaciones cuando lo hagan bajo su supervisión y
en sus instalaciones.
El protocolo se divide en cuatro fases, diseñadas para una vuelta a la actividad con un
estado de forma óptimo por parte de los deportistas en el momento de reanudar las
competiciones, limitando en la medida de lo posible el riesgo de lesiones. En este
cronograma se tendrá en cuenta que el seguimiento médico experto, especialmente
en lo que afecta a las posibles consecuencias físicas y fisiológicas que este virus
pueda tener sobre los deportistas, tendrá que ser muy estrecho. Por otra parte,
teniendo en cuenta la muy diversa situación de los deportistas y la amplia tipología del
deporte, a medida que se despliegue y consolide este protocolo, se analizarán
medidas de desescalada asimétrica, teniendo en cuenta, entre otras consideraciones,
los calendarios de las competiciones que subsistan.
Desde el punto de vista territorial, y sin perjuicio de la vigencia del mando único
previsto en Estado de Alarma el Consejo Superior de Deportes es consciente de la
necesidad de coordinar la aplicación de este protocolo con las Autoridades
municipales y autonómicas, en particular en relación con la adecuación de las
instalaciones municipales y autonómicas en las que entrenan y compiten deportistas
federados, profesionales y de Alto Nivel, a las exigencias de seguridad sanitaria que la pandemia exige.
Cuando los deportistas o, si procede, su personal técnico o auxiliar de apoyo, así
como los árbitros/jueces, desarrollen la actividad de entrenamiento o competición en
la vía pública o en algún otro espacio de dominio público, deberán ir provistos de un
permiso especial, conforme a un procedimiento que estipulará el Consejo Superior de
Deportes. La autorización referida deberá ser acorde a lo establecido en el
correspondiente RDL del vigente Estado de Alarma. El CSD, en colaboración con las
entidades deportivas preparará un registro de deportistas autorizados para este tipo
de entrenamiento fuera de confinamiento.
Es importante asumir que el retorno al entrenamiento deportivo, al igual que ocurrirá
cuando se vuelva gradualmente a cualquier otra actividad laboral o social, puede traer
consigo algún contagio. Integrada esta premisa, se señala que el gran objetivo de
este documento, siendo conscientes de la imposibilidad de conseguir el riesgo cero
absoluto, es limitar al máximo la probabilidad de infección por COVID-19 cuando se
retorne a los entrenamientos y la posterior competición, aunando reactivación
económica del sector y seguridad sanitaria para el deporte profesional y de alto nivel,
articulando las medidas necesarias, de alerta temprana y reacción rápida, en caso de
aparición de algún contagio para mitigar su propagación. Para ello se tendrán en
cuenta la naturaleza, medios y singularidades de los deportistas, y de las entidades y
competiciones deportivas. La clave de bóveda de la propuesta será la salud general
de la población, de los deportistas y la de todos aquellos que recuperen gradualmente
su vida profesional vinculada al deporte.
En relación con la adquisición y disponibilidad de material médico y de desinfección
así como de equipos para realizar pruebas o test, en todo momento se estará a lo
dispuesto por el Ministerio de Sanidad y a la debida observancia de la Orden
SND/344/2020, de 13 de Abril, por la que se establecen medidas excepcionales para
el refuerzo del sistema nacional de salud y la contención de la crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19 (https://www.boe.es/boe/dias/2020/04/14/pdfs/BOE-A2020-4442.pdf )
Finalmente, el Consejo Superior de Deportes, bajo la autoridad del mando único
responsable de la supervisión del confinamiento durante el Estado de Alarma
establecerá un mecanismo de coordinación con los deportistas o entidades
deportivas, según proceda, que se acojan a este protocolo para garantizar posibles
inspecciones no anunciadas, una supervisión constante y en tiempo real de su
cumplimiento, así como garantizar la imprescindible alerta sobre dichas incidencias,
con el fin de minimizar los riesgos de contagio que estas puedan acarrear. Sin
perjuicio del régimen de sanciones individuales ya establecido por el Gobierno en
materia de incumplimiento de las reglas de confinamiento actualmente vigentes, se
podrá considerar la posibilidad de introducir en una revisión de las mismas un tipo
agravado como consecuencia del alto perfil público del deporte profesional y de alto
nivel.
II.- REINCORPORACIÓN A LA ACTIVIDAD DEPORTIVA
Fases
Los diversos estudios médico-científicos que sustentan los propuestas de las distintas
entidades que han culminado en el presente protocolo afirman que el reinicio de una
actividad de competición no puede llevarse a cabo de un modo brusco desde una fase
de desentrenamiento, dado que la epidemiología lesional muestra aumentos de
lesiones entre un 50% y un 100% si no se respetan unas fases de preparación física
previa al inicio de las competiciones. Las lesiones más frecuentes son las de tipo
agudo, especialmente las musculares, pero no se deben olvidar lesiones articulares,
entre ellas las ligamentosas (deportes de contacto), que pueden hipotecar toda una
carrera deportiva; también las lesiones de tipo crónico, por sobrecarga, en un
organismo no entrenado para la carga competitiva, pueden llevar a semanas y meses
de ausencia del deporte. Por otra parte, debe tenerse en cuenta que algunos
deportistas han dado positivo durante la pandemia, y que no serán pocos los que
hayan superado la enfermedad de forma asintomática o con pocos síntomas, con los
consiguientes riesgos que se pueden derivar y necesariamente intentar limitar: en
estos casos el seguimiento médico deberá tener en cuenta el desgaste o los daños
específicos, adicionales a los provocados por el desentrenamiento, que el virus haya
podido producir en cada persona afectada.
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II.1 FASE DE ENTRENAMIENTO INDIVIDUAL O BÁSICO
II.1.1 General
– A realizar, con carácter general, manteniendo el confinamiento en el domicilio,
residencia deportiva o alojamiento temporal. En el caso de las competiciones
profesionales se realizará en las instalaciones de los clubes destinadas a tal
efecto, siempre que cumplan con las medidas dispuestas en el presente
protocolo.
– Será similar para deportes individuales o colectivos.
– La duración dependerá de factores como el tipo de deporte y las características
de cada deportista, quedando además vinculada a la duración de las dos
siguientes fases, de entrenamiento medio y de entrenamiento total precompetición (en total, conjunta, como mínimo de tres a cuatro semanas).
– El entrenador o preparador físico hará llegar a sus deportistas, y siempre de
modo no presencial, salvo en el caso citado, un plan de pre-entrenamiento
diario que el deportista pueda llevar a cabo en soledad.
– Los clubs, equipos o federaciones, en cuyas instalaciones o bajo cuya
supervisión se organicen entrenamientos, o en el futuro competiciones
(mientras dure el Estado de Alarma), identificarán un coordinador para el
cumplimiento general de este protocolo, así como un jefe médico (con
experiencia en medicina deportiva, tanto general como específica en materia
de COVID-19), cuya identidad y datos de contacto serán comunicados al
Consejo Superior de Deportes (responsableprotocolo@csd.gob.es), la víspera
del inicio de los entrenamientos en dichas instalaciones.
II.1.2 Medidas preventivas
– Los colectivos a los que se aplicará el presente protocolo evitarán, en la
medida de lo posible, acudir a instalaciones deportivas y se evitará el uso de
instalaciones cerradas, debiéndose buscar alternativas, que son relativamente
viables para las entidades deportivas en esta fase.
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– El deportista llevará guantes protectores y tendrá cuidado de no tocar en lo
posible los objetos o equipamientos de uso colectivo.
– Realizará estos entrenamientos en soledad, teniendo en cuenta que con el
ejercicio aumenta el volumen ventilado y la fuerza espiratoria, y por ello las
gotas pueden llevar los virus a una mayor distancia. En carrera a pie se debe
guardar una distancia mínima de 2 metros con otros corredores, especialmente
con aquellos precedentes, intentando no colocarse detrás, cambiar el recorrido
o alejarse si el deportista es adelantado, y ello es posible, y adelantar dejando
al menos 2 metros laterales.
II.1.3 Centros de entrenamiento
– Si el deportista debe acudir a una instalación para entrenar, esta debe ser la de
su club o equipo o la de un centro de entrenamiento donde se puedan respetar
las previsiones que se indican.
– Los centros de entrenamiento deberán dotarse de puntos de control de acceso
especial, provistos de material de desinfección y aislamiento, de elementos
técnicos que permitan comprobar la temperatura, de las personas que accedan
al recinto, y circuitos cerrados de televisión (CCTV).
– Si procede de su casa, el deportista o personal preciso para la realización de la
actividad deportiva acudirá a este centro en la opción de movilidad que mejor
garantice la distancia interpersonal de seguridad de aproximadamente 2
metros, llevando consigo guantes y cualquier otro material que sea obligatorio.
En el caso de que el deportista sea menor de edad, éste podrá ir acompañado
por un adulto, pero siempre manteniendo las distancias de seguridad y las
medidas de protección e higiene que se establezcan.
– En los lugares de entrenamiento en todo caso se respetará, en sus diferentes
segmentos, la distancia social de seguridad. Para ello se establecerán los
turnos necesarios, con limpieza y desinfección entre turno y turno.
– En la actividad se guardarán en todo momento las medidas preventivas
indicadas. Los responsables de estos centros de entrenamiento establecerán
bajo su responsabilidad los horarios necesarios para garantizar que los
deportistas guarden las distancias previstas. Se priorizará el uso de espacios al
aire libre, diseñando formulas, cuando se pueda, de despliegue temporal de
gimnasios en exterior. En todo caso, se desinfectarán las máquinas y otro
material entre deportista y deportista.
– Los centros de entrenamiento deberán cumplir, para esta fase o las sucesivas,
las siguientes reglas:
● Antes de la reapertura, habrá que hacer una limpieza y desinfección
general a fondo de todas las estancias y el mobiliario de las
instalaciones deportivas.
● También habrá que realizar limpieza y desinfección más a menudo,
mínimo dos veces al día, especialmente de las superficies de
contacto manual como picaportes, pomos, barandillas, bancos, sillas,
percheros y baños, entre otros.
● Disponer en el momento del inicio de la actividad de una cantidad
suficiente de material de protección para los deportistas (mascarillas,
guantes, soluciones desinfectantes) y para los trabajadores en
función de su cometido (mascarillas, guantes, batas, Equipos de
Protección Individual, equipos para realizar test si se trata de
personal sanitario, entre otros), todo ello cumpliendo las
especificaciones técnicas y estándares de calidad marcadas por el
Ministerio de Sanidad.
● Se deberá hacer un control estricto del acceso a las instalaciones,
restringido a las personas debidamente autorizadas, para poder
controlar el aforo que se determine.
● En todo el centro habrá información clara y concisa de pautas de
aseo y normas de comportamiento, mediante cartelería y señalética
de recursos, para minimizar el riesgo de contagio, distribuidas por
zonas de práctica deportiva, entrada, aseos, vestuarios y principales
zonas de paso. En esta información se dejará constancia del carácter
complementario y subordinado de estas exigencias y pautas respecto
de lo que establece el Ministerio de Sanidad, facilitando en el mismo
soporte informativo el enlace o pictograma de lo que dispone, para
todos los ciudadanos, dicho departamento ministerial
(https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertas
Actual/nCov-China/documentos/PrevencionRRLL_COVID-19.pdf ).
● Los centros deberán establecer controles de incidencias, para el
seguimiento de las situaciones creadas, con el fin de prevenir
situaciones de riesgo y actuar como mecanismo de alerta temprana.
Será necesaria la asignación de recursos humanos dedicados
exclusivamente a este fin.
● Promover de forma generalizada medidas que eviten el contacto
entre personas. Restringir o limitar la oferta de ciertos servicios de
manera preventiva.
● Se seleccionará el personal imprescindible por la puesta en marcha
de los entrenamientos, manteniendo en teletrabajo o deberes
inexcusables a todos aquellos que sea necesario.
II.1.4 Control médico
Durante esta reincorporación en fases, es muy importante tener un control médico
inicial y un seguimiento médico cercano.
– Al inicio de esa primera fase, los servicios médicos del club, la federación, o el
centro de entrenamiento, según proceda, deberán hacer un examen médico
deportivo inicial, abriendo ficha al deportista, tal y como indica la práctica
médico-deportiva. Los profesionales sanitarios harán un especial seguimiento
de lo ocurrido en la salud del deportista en general a lo largo del año 2020,
orientándolo particularmente hacia la identificación de signos, síntomas,
efectos o secuelas del virus COVID-19.
– Este examen médico inicial incluirá una prueba (test) de presencia de material
genético viral (ampliación e identificación a través de PCR) en caso de que del
examen médico y de la sintomatología del deportista se derive la conveniencia
de su realización.
– Los deportistas que dieran positivo en una prueba PCR, aún asintomáticos, no
podrán iniciar su práctica deportiva hasta ser negativos en la prueba de PCR.
– En caso de personal vulnerable o sensible, deberá extremarse la vigilancia
ante la aparición de síntomas y las medidas de prevención.
– En todo caso se deberá seguir escrupulosamente el procedimiento del
Ministerio de Sanidad, detallado en el enlace ya mencionado:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCo
v-China/documentos/Procedimiento_COVID_19.pdf .
– Para la prescripción del entrenamiento se evitarán las pruebas en el laboratorio
de valoración funcional. Podrán ser sustituidas por pruebas de valoración
funcional en el terreno de deportes, realizadas de un modo individual.
– Con carácter general, no se realizarán tratamientos de masaje o fisioterapias
análogas. Los servicios de fisioterapia se limitarán a lo completamente
indispensable, fundamentalmente para evitar lesiones, manteniendo los
máximos estándares de prevención.
– Los deportistas que no dispongan de un servicio médico en su club, federación
o centro de entrenamiento, deberán buscar un médico especialista en medicina
de la educación física y el deporte para que les examine y les aconseje a lo
largo de todas las fases de la reincorporación, o en su defecto un profesional
con experiencia médica acreditada en el deporte.
II. 2 FASE DE ENTRENAMIENTO MEDIO
II.2.1 General
– En esta fase se recuperarán los entrenamientos, y en el caso de deportes de
equipo, los trabajos tácticos no exhaustivos.
– Sería aconsejable, tanto en deportes individuales como colectivos o de equipo,
realizar esta fase en forma de concentración, viviendo los deportistas en
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centros de entrenamiento con residencia, donde puedan permanecer todo el
día, entrenar y dormir; si ello no es posible, y esa imposibilidad ha sido
oportunamente justificada, (p.e. familiares dependientes u otros casos previstos
en los RDL de Estado de Alarma, entre otros) estos deportistas deberán seguir
las medidas descritas en la fase previa.
II.2.2 Medidas preventivas
– Serán semejantes a las de la fase previa, pero teniendo en cuenta el inicio de
entrenamientos grupales. En deportes individuales, si pueden llevarla a cabo
en el centro de entrenamiento, internos en la totalidad de esta fase, se hará
así. Si es necesario salir del recinto (ciclismo, deportes de agua, por ejemplo),
se respetarán las mismas indicaciones que en la fase anterior, respetando en
todo caso las instrucciones dictadas al respecto por el Gobierno para el acceso
a espacios públicos.
– En deportes de equipo se hará hincapié en entrenamientos individuales de
preparación física y en entrenamientos técnicos.
– El entrenador y resto de equipo técnico llevarán siempre mascarilla y guantes,
y guardarán una distancia mínima de 2 metros. Las acciones conjuntas se
harán en grupos reducidos y se establecerán turnos para que coincidan en el
terreno el mínimo número de personas posibles.
– Con carácter general, los deportistas no podrán compartir ningún material.
Cualquier equipo o material utilizado para ejercicios tácticos o entrenamientos
específicos (pe: porterías, obstáculos, marcas para circuitos o rutinas) o de
mantenimiento mecánico y de material o equipación de seguridad (pe: deportes
de motor, vela, hípica), tendrá que ser desinfectado tras cada uso, y custodiado
bajo llave al acabar cada sesión de entrenamiento.
– Los deportistas no compartirán bebidas, otros alimentos, linimentos u otros
productos, incluidos los sanitarios o de primeros auxilios, necesarios para el
entrenamiento.
– En ningún entrenamiento habrá personal de apoyo y utilero. Los deportistas
tendrán que entrenar oportunamente equipados, y cualquier material de
refresco o auxiliar deberán portarlo ellos mismos.
– Se seguirá minimizando en todo lo posible el uso de gimnasios y se tratará de
potenciar el entrenamiento físico al aire libre. En cualquier caso, cuando sea
inevitable su uso, se desinfectará cuidadosamente la instalación y todo el
material después de cada entrenamiento.
– No se admitirá la presencia de medios de comunicación en las zonas de
entrenamiento. No obstante, los clubes, federaciones y otras entidades podrán
disponer de mecanismos de toma de imágenes y de difusión de las mismas,
con fines deportivos, informativos y comerciales. El personal que esté
involucrado en la obtención de estos recursos audiovisuales estará sometido a
los mismos controles que el resto del personal técnico y auxiliar.
– En los deportes no individuales en los que haya apoyo técnico, en cada sesión
de entrenamiento se identificará un responsable, que reportará ante un
coordinador encargado, en cada club o entidad deportiva, de la aplicación de
este protocolo, cualquier incidencia.
II.2.3 Centros de entrenamiento
– De modo general, la instalación seguirá las medidas indicadas para la fase de
entrenamiento individual o básico.
– Se reforzarán las medidas en controles de acceso, de modo que solo el
personal imprescindible acceda al centro, y teniendo en cuenta lo establecido
en el punto II 1.3.
– En los lugares de entrenamiento se seguirá con un aforo máximo del 50%,
siempre segmentado, del que es habitual. Para ello se establecerán los turnos
necesarios con limpieza y desinfección entre turno y turno.
– El alojamiento se realizará en habitaciones individuales, donde la limpieza se
extremará, desinfectando cuidadosamente, especialmente las superficies de
mayor contacto. En cada habitación se suministrarán mascarillas y guantes.
– Se deberá disponer de al menos dos habitaciones libres, equipadas para poder
vivir temporalmente y con ventilación, para poder aislar a contagios
sobrevenidos o personas que deban pasar cuarentena, que no puedan ser
trasladadas a su domicilio.
– Cuando el deportista y personal técnico imprescindible no tengan acceso o
medios para alojarse en un centro o instalación adecuada para esta fase, el
Consejo Superior de Deportes en coordinación con el Ministerio de Sanidad,
ayudará a identificar otras instalaciones, privadas o públicas, ya disponibles y
oportunamente securizadas durante la primera parte de la pandemia para
atender estos casos excepcionales.
– En los restaurantes y cafeterías se entregarán las comidas a los deportistas en
contenedores cerrados individuales y ya desinfectados, y se establecerán
turnos de comida que permitan el alejamiento necesario de 2 metros entre
todos los presentes en los comedores. Cada deportista recogerá su vajilla y
restos de la comida en otro contenedor, cerrado y desinfectado. En las cocinas
y restaurantes (se incluyen bares y máquinas expendedoras) se extremarán las
medidas de seguridad, limpieza y profilaxis, siguiendo en todos los casos la
instrucción del Ministerio de Sanidad:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCo
v-China/documentos/PrevencionRRLL_COVID-19.pdf .
– En los vestuarios, con deportistas hiperventilando, se deben respetar distancias
mínimas de 6 metros entre ellos, para lo cual los responsables establecerán
turnos, tratando que siempre coincidan en esos turnos los mismos deportistas.
En los vestuarios podrán recoger guantes y mascarillas nuevos. Las duchas se
realizarán en las habitaciones o lugar asignado en la residencia, en ese caso
con las normas de la fase previa.
– No se realizará ninguna reunión técnica de modo presencial.
– Los deportistas permanecerán cada uno en su habitación, excepto en los
momentos de entrenamiento o alimentación.
– El personal del centro de entrenamiento será, en número, el suficiente para
ejecutar las medidas que se proponen, pero se tratará de minimizar en lo
posible, con medidas de trabajo intensivo (doblando turnos, pe).
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II.2.4 Control médico
– Durante esta fase se repetirá un control médico igual al anteriormente descrito,
incluyendo las pruebas analíticas y la clasificación de deportistas y otras
personas vinculadas a la vuelta a los entrenamientos.
– La valoración médica se extenderá a cuantos compartan el centro de
entrenamiento como personal de apoyo.
– Se seguirán evitando las valoraciones funcionales en laboratorio.
– Los servicios de fisioterapia se limitarán a lo absolutamente imprescindible,
bajo la coordinación del jefe médico
– En caso de detección de un positivo por COVID-19 dentro de la plantilla,
cuerpo técnico o trabajadores miembros de la concentración, se deberán seguir
las siguientes pautas:
● Aislar inmediatamente al positivo en un lugar apartado de la
concentración
● Realizar prueba de COVID-19 a todo el grupo de entrenamiento, así
como al diferente cuerpo técnico o personal con el que hubiese
podido tener un contacto, quedando estos apartados hasta la
obtención de los resultados.
● Proceder a la limpieza y desinfección de las instalaciones.
● Se recomendará la realización de controles médicos diarios.
II. 3 FASE DE ENTRENAMIENTO TOTAL PRE-COMPETICION
II.3.1 General
– En esta fase se intensificarán los entrenamientos hasta el modo precompetición, y en el caso de deportes de equipo, los trabajos tácticos
exhaustivos pre-competición.
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– Esta fase será aconsejable que se realice en forma de concentración, viviendo
los deportistas en centros de entrenamiento con residencia, donde puedan
permanecer todo el día, entrenar y dormir; salvo excepciones plenamente
justificadas.
– La fase previa o de entrenamiento básico + las fases de entrenamiento medio y
total pre-competición deberán sumar un mínimo de tres a cuatro semanas,
periodo distribuido por los entrenadores y los preparadores físicos, en función
de cada deporte, especialidad y características del deportista.
II.3.2 Medidas preventivas
– Con carácter general se tomarán como base las medidas preventivas
establecidas en la fase de entrenamiento medio, aunque con las
particularidades derivadas de la intensificación de los entrenamientos, tanto
individuales como en grupo.
– En los deportes de equipo, sin olvidar los entrenamientos individuales de
preparación física, dada la intensificación de los entrenamientos tácticotécnicos, se permitirá el uso de la instalación de competición a la plantilla de
modo más intensivo. Por ello, las acciones conjuntas se harán en grupos más
amplios de hasta 14 personas, por turnos, para intentar que coincidan en el
terreno el mínimo número de personas posibles.
– El entrenador y resto de equipo técnico, sin embargo, continuarán llevando
siempre mascarilla y guantes, y guardarán una distancia mínima de 2 metros.
– Con carácter general, los deportistas seguirán sin poder compartir ningún
material. Cualquier equipo o material utilizado para ejercicios tácticos o
entrenamientos específicos o de mantenimiento mecánico y de material o
equipación de seguridad, tendrá que ser desinfectado tras cada uso, y
custodiado bajo llave al acabar cada sesión de entrenamiento.
– Se permitirá, con las mismas condiciones establecidas para el personal técnico
y auxiliar, la presencia de personal de apoyo y utillero, en el mínimo
imprescindible.
– Asimismo, se podrá utilizar el uso de gimnasios de forma más recurrente,
siempre en la forma escalonada prevista en la fase anterior, y con las medidas
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de desinfección cuidadosa de la instalación y de todo el material después de
cada entrenamiento. No obstante lo anterior, se seguirá primando el
entrenamiento físico al aire libre.
– La presencia de medios de comunicación seguirá siendo restringida y no se
admitirá la misma en las zonas de entrenamiento, con independencia de los
mecanismos de toma de imágenes y de difusión ya establecidos por parte de
los clubes, federaciones y otras entidades, para su uso deportivo, informativo y
comercial. El personal que esté involucrado en la obtención de estos recursos
audiovisuales seguirá estando sometido a los mismos controles que el resto del
personal técnico y auxiliar.
– Por último, al igual que en la fase precedente, en los deportes no individuales
en los que haya apoyo técnico, en cada sesión de entrenamiento se identificará
un responsable, que reportará ante un coordinador encargado, en cada club o
entidad deportiva, de la aplicación de este protocolo, cualquier incidencia.
II.3.3 Centros de entrenamiento
– De modo general, la instalación seguirá las medidas indicadas para la fase
previa y de entrenamiento medio.
– Se mantendrán las medidas de seguridad en controles de acceso, de modo
que solo el personal imprescindible acceda al centro, y teniendo en cuenta lo
establecido en el punto II 1.3.
– En los lugares de entrenamiento se seguirá con un aforo máximo del 50%,
siempre segmentado, del que es habitual. Para ello se establecerán los turnos
necesarios con limpieza y desinfección entre turno y turno.
– El alojamiento se realizará en las mismas condiciones que en la fase de
entrenamiento medio, y se seguirá manteniendo la obligación de disponer de al
menos dos habitaciones libres, equipadas para poder vivir temporalmente y
con ventilación, para poder aislar a contagios sobrevenidos o personas que
deban pasar cuarentena, que no puedan ser trasladadas a su domicilio.
– Al igual que en la fase de entrenamiento medio, cuando el deportista y personal
técnico imprescindible no tengan acceso o medios para alojarse en un centro o
instalación adecuada para esta fase, el Consejo Superior de Deportes en
coordinación con el Ministerio de Sanidad, ayudará a identificar otras
instalaciones, privadas o públicas, ya disponibles y oportunamente securizadas
durante la primera parte de la pandemia para atender estos casos
excepcionales.
– En los restaurantes y cafeterías se seguirá el mismo estricto protocolo de
actuación descrito en la fase de entrenamiento medio, siguiendo en todos los
casos la instrucción del Ministerio de Sanidad:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCo
v-China/documentos/PrevencionRRLL_COVID-19.pdf .
– En los vestuarios, se respetarán unas distancias mínimas de 3 metros entre
ellos, para lo cual los responsables establecerán turnos, tratando que siempre
coincidan en esos turnos los mismos deportistas. En los vestuarios podrán
recoger guantes y mascarillas nuevos. Las duchas se realizarán en las
habitaciones o lugar asignado en la residencia, en ese caso con las normas de
las fases previa y de entrenamiento medio.
– No se realizará ninguna reunión técnica de modo presencial.
– Los deportistas permanecerán cada uno en su habitación, excepto en los
momentos de entrenamiento o alimentación.
– El personal del centro de entrenamiento será, en número, el suficiente para
ejecutar las medidas que se proponen, pero se tratará de minimizar en lo
posible, con medidas de trabajo intensivo (doblando turnos, pe).
II.3.4 Control médico
– En esta fase, bajo la supervisión del jefe médico responsable de la aplicación
del protocolo previsto en la fase anterior se repetirá un control médico igual al
descrito previamente, incluyendo las pruebas analíticas y la clasificación de
deportistas y otras personas vinculadas a la intensificación de los
entrenamientos.
– La valoración médica se extenderá a cuantos compartan el centro de
entrenamiento como personal de apoyo.
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– Se seguirán evitando las valoraciones funcionales en laboratorio.
– Los servicios de fisioterapia podrán ampliarse de manera razonada, siempre
con respeto a las normas sanitarias, bajo la coordinación del jefe médico
– También en esta fase, en caso de detección de un positivo por COVID-19
dentro de la plantilla, cuerpo técnico o trabajadores miembros de la
concentración, se deberán seguir las siguientes pautas:
● Aislar inmediatamente al positivo en un lugar apartado de la
concentración
● Realizar prueba de COVID-19 a todo el grupo de entrenamiento, así
como al diferente cuerpo técnico o personal con el que hubiese
podido tener un contacto, quedando estos apartados hasta la
obtención de los resultados.
● Proceder a la limpieza y desinfección de las instalaciones.
● Se recomendará la realización de controles médicos diarios.
II.4 FASE DE COMPETICIÓN
II.4.1 General
– Llegará cuando las Autoridades sanitarias y deportivas lo decidan. Ahora es
difícil concretar medidas específicas, más allá de anticipar que, por un lado, la
regla general será que todas las competiciones serán a puerta cerrada, (al
menos hasta que exista una garantía sanitaria que anule el riesgo que supone
autorizar el acceso al público) y por otro, que las competiciones de la
temporada 2019/2020 serán breves.
– En función de la situación, podría permitirse el uso de aforo hasta un máximo
del 50% y volver a la utilización normal de las instalaciones de entrenamiento.
Se mantendrá el uso de habitaciones individuales y se considerará la utilización
de gimnasios segmentados con carácter general.
– En cualquier zona de trabajo o preparación de los deportistas o sus equipos, se
delimitaran y señalizaran los espacios de separación.

– En aquellas competiciones que requieran el ingreso en territorio español de
material y personal foráneo, se establecerá la oportuna coordinación previa
migratoria con los Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación y el
Ministerio de Interior y se aplicará el mismo régimen restrictivo de seguridad y
sanitario a todo el personal y material implicado, incluido los medios de
transporte internacionales.
II. 4. 2 Medidas preventivas
– El periodo mínimo entre el final de la fase de entrenamiento total precompetición y el inicio de las competiciones, debería situarse en un mínimo de
1 semana.
– En las ligas, el tiempo entre jornadas debe ser informado por los médicos que
trabajan en cada deporte y especialidad concreta, teniendo en cuenta el
número de encuentros que se deban disputar. Estos especialistas, en
coordinación con los técnicos y preparadores, deben estar listos para proponer
aquellos cambios que con carácter excepcional se precisen. Este régimen de
días y horarios podrá incluir el retorno a los calendarios ordinarios, así como
regímenes especiales temporales, adaptados a competiciones específicas.
– En esta programación se deberá tener en cuenta que esta fase va a coincidir
con el inicio del verano, con el subsiguiente aumento de humedad y calor. Esto
puede hacer aconsejable la termorregulación del ejercicio físico: para ello se
debería instruir a delegados de equipo, entrenadores, responsables de
instalaciones deportivas, árbitros, u otros responsables, en el uso permanente
de termómetros. Igualmente los especialistas en cada deporte podrán introducir
medidas con evidencia científica para disminuir este impacto.
– En esta fase se deberá estar a lo marcado en ese momento por las
Autoridades sanitarias en cuanto a medidas preventivas (uso de mascarillas,
guantes y EPI, por parte de los profesionales), pero se seguirá cuidando la
higiene y desinfección en general, especialmente en vestuarios y similares, en
estos locales se seguirá limitando el número de deportistas con distancia
interindividual de 3 metros, incluyendo las duchas.
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– Se evitarán las competiciones masivas, y en todo caso se darán salidas por
grupos limitados de deportistas, en el número máximo que marquen las
Autoridades. Igualmente se limitará el número de personas en las llegadas,
organizándose a ser posible en diferentes lugares alejados.
– Las entidades organizadoras de la competición, una vez reanudada ésta,
deberán dotarse de los mecanismos necesarios para garantizar la integridad de
la competición en el hipotético caso de detección de un positivo por COVID 19,
sin perjuicio de la inmediata adopción de las medidas sanitarias
correspondientes.
– Extensión de las medidas de seguridad sanitaria a los equipos de TV y radio, y
a medios de comunicación presentes.
– En el caso de competición con participación de menores de edad, éstos podrán
ir acompañados por un adulto, pero siempre manteniendo las distancias de
seguridad y las medidas de protección e higiene que se establezcan
II.4.3 Control médico
– Durante esta fase se repetirá el control médico por tercera vez.
– Se valorará la posibilidad de reintroducir las pruebas de valoración funcional en
el laboratorio.
– Se podrán reanudar los masajes deportivos y los tratamientos de fisioterapia
podrán normalizarse. En ambos casos adoptando las necesarias medidas
sanitarias
III.- CONFIRMACIÓN DEL PROTOCOLO DEL CSD. APOYO DE PROTOCOLOS
SANITARIOS COMPLEMENTARIOS
El presente protocolo sanitario estará informado por las eventuales medidas
complementarias que se introduzcan a través de las sucesivas Órdenes Ministeriales
que pueda emitir el Ministerio de Sanidad, específicas para las distintas fases de
desescalada del confinamiento del deporte objeto de esta regulación. Además, podrá
ser complementado por otros documentos, más detallados y focalizados en
determinados aspectos, oportunamente presentados al CSD por federaciones o
entidades deportivas. En todo caso tendrán que respetar, en todos sus extremos
operativos y calendarios, lo adoptado por el Gobierno, y contar con el VºBº formal del
Consejo.
IV.- CONCLUSIONES
– El presente protocolo descrito en los apartados anteriores contribuirá a
propiciar un retorno seguro, gradual y equilibrado a los entrenamientos y a la
competición del deporte, ofreciendo el más alto nivel posible de supervisión, y
sin dejar a ningún deportista atrás. Es una propuesta focalizada en la seguridad
de las personas (los deportistas) y en la legítima expectativa de la vuelta a la
normalidad de todo el sector deportivo, clave desde el punto de vista social y
económico para la paulatina entrada de nuestro país en la nueva normalidad
que emergerá de esta grave crisis sanitaria.
– Pensando en el futuro, también debe servir para aprender, sacar conclusiones
y acumular buenas prácticas, que nos permitan a todos, deportistas, entidades
privadas y gestores públicos, estar mejor preparados para futuras crisis
sanitarias, similares a esta o nuevamente inéditas e imprevisibles, como ha
ocurrido con la pandemia de COVID 19.
– Por ello se recomienda que el Gobierno incluya como parte de este protocolo
un estudio científico y médico, diseñado por los Ministerios de Sanidad y de
Ciencia, coordinado con la OMS y ejecutado bajo la dirección del CSD, sobre
los efectos de la actual pandemia y de las medidas de confinamiento sobre los
deportistas de alto nivel, de forma que los resultados del mismo refuercen, por
un lado, el conocimiento de la incidencia de este terrible virus sobre el ser
humano, y por otro permita al sector deportivo reaccionar en el futuro de forma
más ágil y eficaz, mejorando las certezas de los deportistas y de los
profesionales del deporte en sentido amplio (y de sus familias), en materia de
seguridad sanitaria. La eventual participación de deportistas o personal técnico
deportivo en este estudio tendrá carácter estrictamente voluntario.

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