El President de la Generalita, Ximo Puig, ha comparecido esta mañana en una declaración institucional anunciando que «La emergencia sanitaria está controlada», Puig ha felicitado a los valencianos por su comportamiento durante este periodo de tiempo. A su vez, ha pedido prudencia y ha llamado a la necesidad de estar preparados para posibles rebrotes.
Así mismo, ha comunicado que el Consell publicará un decreto hoy sábado a medio día con los cambios que se producirán a partir del lunes 15 de junio con la entrada en la fase 3, donde la Generalitat volverá a tener las competencias que habían sido suspendidas por el estado de alarma.
Estas medidas van encaminadas a flexibilizar algunas de la medidas adoptadas por el Gobierno de España. Destacamos las más importantes en cuanto a la actividad deportiva y los aspectos sociales.
Actividad Deportiva
Actividad física al aire libre
- Podrá practicarse al aire libre actividad física individual sin contacto físico y modalidades deportivas que se practican por parejas.
- La actividad física individual al aire libre podrá practicarse en grupos de un máximo de treinta personas, respetando las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias, especialmente en relación con el mantenimiento de la distancia mínima de seguridad, la higiene de manos y la etiqueta respiratoria
Entrenamiento en ligas federadas no profesionales
- Las personas deportistas integradas en clubes o entidades participantes en ligas no profesionales federadas de la Comunitat Valenciana podrán realizar entrenamientos de tipo medio, consistentes en el ejercicio de tareas individualizadas de carácter físico, técnico y táctico, manteniendo las distancias de seguridad recomendadas por las autoridades sanitarias, y evitando en todo caso el contacto físico.
- Podrán participar en los entrenamientos hasta un máximo de treinta personas cuando se realicen en instalaciones abiertas, y hasta un máximo de veinte personas cuando se realicen en instalaciones cerradas. En todo caso, se tendrá que respetar el máximo de aforo establecido para cada tipo de instalación deportiva. No podrán participar en los entrenamientos las personas en cuarentena por ser pacientes de Covid-19, ni quienes hayan estado en contacto o presenten sintomatología compatible con la enfermedad.
- El entrenamiento en régimen de concentración que incluya servicios de residencia o alojamiento, así como servicios de restauración, tendrá que cumplir las medidas sanitarias y de seguridad establecidas para el uso de estos establecimientos.
Instalaciones deportivas (al aire libre, cerradas y centros deportivos)
- En las instalaciones deportivas se podrá realizar actividad deportiva individual sin contacto físico y las modalidades deportivas que se practican por parejas.
- El aforo máximo permitido será de una persona usuaria por cada 4 m² de superficie útil para el uso deportivo. Este cálculo se aplicará para cada una de las dependencias de uso deportivo de la instalación, incluidas las zonas de agua y saunas.
- Se podrán utilizar los vestuarios y las duchas, respetando las medidas generales de prevención e higiene indicadas por las autoridades sanitarias
Competiciones deportivas federativas
Se permite la celebración de competiciones de modalidades deportivas individuales sin contacto físico y de modalidades que se practican por parejas, de conformidad con las condiciones establecidas en el artículo
Aspectos Sociales
Libertad de movimientos
- Libertad de movimientos dentro de la Comunitat Valenciana, sin franjas horarias
- Distancia máxima de seguridad 1,5 metros
- Se permite la reapertura de parques infantiles
- Piscinas comunes con un 75% de aforo
Actividades aire libre o recintos cerrados
- Actividades al aire libre dirigidas a la población infantil, 75% de la capacidad o un máximo de 250 participante. En espacios cerrado 75% de capacidad, máximo 100 participantes.
- Cines y teatros 75% de aforo. Si no existiese distancia de seguridad, uso de mascarilla.
Comercios y hosteleria
- Centros comerciales y establecimientos podrán abrir hasta un 75% de su aforo
- Estarán permitidas las ofertas
- Bares y restaurantes, 100% de aforo en terrazas con 2 metros de distancia y 75% en el interior de los locales, pudiéndose consumir en barra.
Presidència de la Generalitat Presidencia de la Generalitat DECRET 8/2020, de 13 de juny