Primera jornada y primeras impugnaciones

Calentamiento

Primera jornada la pasada semana en Segunda Juvenil y primeras impugnaciones que en este caso se ha resuelto con victoria del CF Moró que perdió 1-3 ante el Vinaròs CF, resultado que se ha convertido 3-0 tras comprobarse que el conjunto visitante jugó con un jugador cadete de primer año cuando la norma indica (Art.100 b2) que deben haber cumplido 15 años para jugar en categoría superior.

Es importante para los clubs tener cuidado con la normativa vigente dado que de lo contrario el resultado en el campo puede modificarse en su contra.

Esto dice el Reglamento de la FFCV

Artículo 100.- Normas relativas a la inscripción y alineación de futbolistas.

Licencias.

En lo que atañe a la alineación de futbolistas, para los clubes que tengan equipos dependientes, según los define el artículo 98.1 de la presente Sección 1ª, de este Capítulo, se regirán por las normas siguientes:

1.- Los o las futbolistas mayores de veintitrés años, en lo referente a su alineación, estarán sujetos a las prescripciones que establece el artículo 104 del presente reglamento.
Las edades a las que se refiere el presente artículo se entenderán referidas al día 1
de enero de la temporada de que se trate, lo que se concretará cada temporada mediante circular.

2.- Los y las futbolistas menores de veintitrés años adscritos a equipos dependientes de un club, según se define en el artículo 98.1 precedente, podrán intervenir en categoría o división superior y retornar a la de origen, en el transcurso de la temporada, sin ninguna clase de limitaciones, salvo las que en los apartados siguientes se indican:

a) Los o las futbolistas con licencias PB, FPb, PS y PSF; B, FB, BS y BSF; AL, FAl, SA y SAF; I, FI, IS e ISF; podrán alinearse en la categoría inmediatamente superior, con la licencia que originariamente le fue expedida, siempre que hayan nacido en el año natural posterior a lo establecido como mínimo para cada una de las categorías.

b) Los o las futbolistas cadetes, con quince años cumplidos, pueden jugar en
competiciones de juveniles u otra categoría superior, con la licencia que les fue expedida originariamente.

c) Las licencias C, FC, CS y CSF, e inferiores, faculta para actuar en todos los equipos del club que los tenga inscritos, siempre que lo sean de división superior.

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