La Generalitat, a través de la Dirección General de Deporte, pone en marcha el Censo de Profesionales del Deporte y la Actividad Física de la Comunitat Valenciana, que ya está operativo desde este jueves 23 de octubre.
Las personas que ejerzan profesiones vinculadas al deporte en la Comunitat Valenciana deberán inscribirse en el registro. El plazo para realizar la inscripción finaliza el 31 de enero de 2026.
La iniciativa tiene el objetivo de garantizar la calidad, la seguridad y la profesionalización del sector deportivo y responde al cumplimiento de la Ley 2/2011, del deporte y la actividad física, y de la Ley 2/2022, de ordenación del ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física.
El censo es un registro público que permitirá ordenar y estructurar el ámbito profesional del deporte, proteger a la ciudadanía y asegurar que los servicios relacionados con la actividad física sean prestados por personas debidamente cualificadas y que cumplan con los requisitos legales establecidos. Se trata de una herramienta clave para avanzar hacia un modelo deportivo más seguro, profesional y transparente.
Obligatoriedad de la inscricpión
La normativa establece la obligatoriedad de inscripción en el censo para todas las personas que ejerzan profesiones vinculadas al deporte en la Comunitat Valenciana. La inscripción se formaliza mediante la presentación de una Declaración Responsable ante la Dirección General de Deporte, lo que conlleva la inclusión automática en el registro.
El plazo para realizar la inscripción finaliza el 31 de enero de 2026.
El procedimiento se podrá realizar de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, mediante el trámite habilitado específicamente para este fin.

Compromiso con la práctica deportiva segura y profesionalizada
Con esta medida, la Generalitat reafirma su compromiso con una práctica deportiva segura, saludable y profesionalizada, al garantizar que los servicios deportivos sean prestados por profesionales con la formación adecuada y cobertura de seguro de responsabilidad civil.
La puesta en marcha del censo irá acompañada de una campaña informativa y de asesoramiento dirigida a responsables de entidades deportivas, federaciones, clubes, servicios y centros deportivos de la Comunitat Valenciana, con el fin de facilitar el proceso de inscripción y resolver dudas.
El censo permitirá a la ciudadanía verificar la titulación y habilitación profesional de quienes prestan servicios deportivos, y proporcionará a la administración datos fiables para el desarrollo del sector deportivo y el control del ejercicio profesional. Además, se activa la Inspección Deportiva, que contribuirá a la ordenación del sector y a fomentar un entendimiento compartido entre profesionales y usuarios.
La inscripción será obligatoria para quienes ejerzan algunas de las profesiones del deporte tipificadas en la ley de profesiones del deporte de la Comunitat Valenciana: monitor/a deportivo/a (en sus variantes de acondicionamiento físico, recreativo y formativo), entrenador/a deportivo/a, preparador/a físico/a y director/a deportivo/a.
La presentación de la Declaración Responsable permitirá el ejercicio de la respectiva profesión desde el día de su registro.
Una persona que ejerza más de una profesión del deporte y la actividad física deberá presentar una Declaración Responsable por cada una de ellas.
La inexactitud, la falsedad o la omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la Declaración Responsable, o su no presentación, supondrá la imposibilidad de seguir ejerciendo la respectiva actividad profesional desde el momento en que la dirección general competente en materia de deporte tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
El Censo de Profesionales del Deporte y la Actividad Física de la Comunitat Valenciana será público y estará accesible a cualquier persona para la consulta de los siguientes datos:
- Nombre y apellidos
- Titulación
- Profesión
- Correo electrónico profesional, este último previa autorización
El acceso a datos diferentes de los anteriores, se realizará previa solicitud en la que se identifique la persona solicitante y acredite la condición de interesada en el procedimiento, o el específico interés legítimo, dentro de los límites establecidos en la normativa reguladora de protección de datos de carácter personal.




















