La reestructuración de la Tercera Federación Fútbol Femenino obligará a las territoriales modificar de forma sustancial sus sistemas de ascenso y descenso para cuadrar los nuevos grupos de aquella categoría.
Además del número de ascensos en cada categorías, destaca que esta próxima temporada no habrá descensos en ninguna de las tres categorías del fútbol Valenta aficionado.
Las medidas de esta reestructuración afectará a las siguiente competiciones:
- Lliga À Punt Valenta,
- Primera Valenta.
- Segona Valenta
Lliga A Punt Valenta
Las plantillas de los equipos que disputen esta competición podrán estar compuestas por jugadoras con diversos tipos de licencias, en concreto FA, FJ, y FC, tal como se prevé en los apartados “Edades y Tipos de Licencias” y “Composición de Plantillas” de esta Circular.
Además de las jugadoras inscritas y que formen parte de la plantilla, podrán participar jugadoras inscritas en plantillas de otros equipos dependientes o filiales del club con licencia FJ y FC, siempre que participen en una categoría y/o división inferior, pero respetando en todo caso lo establecido en el artículo 269 del Reglamento General.
La competición estará conformada por un (1) grupo de dieciséis (16) equipos, que se disputará por puntos y a doble vuelta; en total se disputarán treinta (30) jornadas.
Ascenso a Tercera Federación:
Como norma general y como mínimo, ascenderán de Lliga À Punt Valenta a Tercera Federación Futfem, los 4 equipos que mejor clasificación final obtengan en la liga regular.
Descensos a Primera Valenta:
No se producirán descensos de Lliga À Punt Valenta a Primera Valenta.
Primera Valenta
Ascenso a Lliga A Punt Valenta:
Ascenderán a Lliga A Punt Valenta, como mínimo, el equipo mejor clasificado de cada uno de los tres grupos establecidos en Primera Valenta, además del siguiente equipo mejor clasificado de entre los tres grupos establecidos, en total cuatro (4) equipos como mínimo.
En caso de producirse los supuestos señalados para ascensos y descensos de Tercera Federación Futfem a Lliga À Punt Valenta, o cualquiera otro que pudiera afectar a los ascensos de esta categoría y división, ascenderán en igual número y por orden de clasificación los siguientes equipos mejores clasificados de entre los tres grupos, mediante acuerdo motivado por el órgano disciplinario correspondiente.
No podrán ascender a Lliga À Punt Valenta los equipos que sean filiales o dependientes de otro que ya militara en dicha categoría, pasando a ocupar su plaza de ascenso, de forma sucesiva, el siguiente equipo mejor clasificado en la clasificación general final de su grupo, que estuviere habilitado para poder conseguir el ascenso. En el supuesto de que dos o más equipos dependientes o filiales de un mismo club, al final de la competición, fuera el mejor clasificado de su grupo, solo uno de ellos podrá consumar el ascenso a Lliga À Punt Valenta, siendo este el equipo que haya obtenido una mejor puntuación y, en su caso, coeficiente en la liga regular.
Descensos a Segona Valenta:
No se producirán descensos de Primera Valenta a la categoría Segona Valenta.
Segona Valenta
- Ascensos a Primera Valenta:
Ascenderán a Primera Valenta, como mínimo, el equipo mejor clasificado de cada uno de los cuatro grupos establecidos en Segona Valenta, en total 4 equipos como mínimo.
En caso de producirse los supuestos señalados para ascensos y descensos de Tercera Federación Futfem a Lliga À Punt Valenta, o cualquiera otro que pudiera afectar a los ascensos de esta categoría y división, ascenderán en igual número y por orden de clasificación los siguientes equipos mejores clasificados de entre los cuatro grupos, mediante acuerdo motivado por el órgano disciplinario correspondiente.
Descensos:
No se producen al ser la última de las divisiones.
Normativa RFEF Ascensos y descenso a que se refiere la circular de la FFCV
La Real Federación Española de Fútbol mediante las Normas Reguladoras para Competiciones de Fútbol Femenino para la temporada 2.024/2.025 publicadas mediante la circular Nº10, ha dispuesto lo siguiente en lo que a ascensos y descensos se refiere:
II.Descensos.
Se producirá un descenso a categoría territorial por grupo, los clasificados en la decimosexta posición de cada grupo, a excepción del grupo 6, conformado por equipos de la Federación Canaria de Fútbol, en el que descenderán tantos equipos como sean necesarios para asegurar el ascenso a Tercera Federación de Fútbol Femenino de al menos 2 equipos de esa territorial.
III.AscensosaTerceraFederacióndeFútbolFemenino
Ascenderán desde categoría territorial a la Tercera Federación de Fútbol Femenino tantos equipos como resulten necesarios de cada una de las competiciones territoriales de las siguientes federaciones de ámbito autonómico: Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Cantabria, Castilla y León, Castilla La Mancha, Cataluña, Extremadura, Galicia, Islas Baleares, La Rioja, Madrid, Navarra, País Vasco, Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Canarias, Ceuta y Melilla como correspondan para conformar 18 grupos de 12 equipos cada uno, conforme a los criterios de territorialidad. Los criterios de territorialidad serán los siguientes; un grupo de 12 equipos para cada una de las siguientes federaciones de ámbito autonómico: Aragón, Principado de Asturias, Cantabria, Castilla y León, Castilla La Mancha, Cataluña, Extremadura, Galicia, Islas Baleares, La Rioja, Madrid, Navarra, País 21 Vasco, Región de Murcia, Comunidad Valenciana y Canarias, dos grupos de 12 equipos cada uno que conformarán Andalucía, Ceuta y Melilla conformando así los 18 grupos de Tercera Federación de Fútbol Femenino.
En circunstancias excepcionales, y siempre previo conocimiento y autorización de la RFEF, se podrá permitir que una federación de ámbito autonómico conforme un grupo con tal solo 10 equipos, si bien, en tal caso, asumiendo el compromiso de recuperar los 12 participantes en un plazo máximo de dos temporadas deportivas.