El CD Benicasim recurre a Apelación y pide repetir su partido contra el CD Almazora B de Primera Aficionados

CD Benicasim Amateur

El CD Benicasim ha presentado recurso ante el Comité de Apelación ante la decisión del Juez de Competición de desestimar su solicitud de repetir el partido que le midió al CD Almazora B el domingo 9 de enero correspondiente al Grupo I Primera Aficionados.

Esta es la exposición de los hechos del CD Benicasim en su escrito:

EXPONE
1.- Que el domingo 9 de Enero de 2022 se celebraba la jornada 13 de la liga de 1ª Regional Grupo I en la que el CD BENICASIM se enfrenta al CD ALMAZORA B.

2.- En fecha miércoles 5 de Enero a las 12:57h el CD BENICASIM comunica a la federación mediante correo electrónico que tiene 5 positivos por COVID-19. En dicho escrito se solicita el aplazamiento del encuentro, a la espera de recibir las bajas de Sanidad.

3.- A las 13:02 del mismo 5 de Enero, se recibe respuesta del departamento de incidencias de la FFCV en la que se nos pide acreditar los casos positivos. Además, se da la opción de llegar a un acuerdo de aplazamiento del partido antes del 19 de Enero entre los equipos CD ALMAZORA B y el CD BENICASIM.

4.- El CD BENICASIM se pone en contacto con el CD ALMAZORA para llegar a un acuerdo de aplazamiento, pero este último no accede a dicho aplazamiento.

5.- Ante la negativa de aplazamiento por parte del CD ALMAZORA, el CD BENICASIM presenta el jueves día 6 de Enero a las 11:22h. la baja de sanidad por COVID de 3 los 5 jugadores contagiados (las bajas de los otros 2 jugadores estaban en trámite).

6.- El 6 de Enero a las 12:22h se recibe la última respuesta por parte de la Federación en la que nos OBLIGA a disputar el partido si no hay acuerdo de cambio de fecha con el CD ALMAZORA .

7.- El Viernes 7 de Enero se nos comunica un nuevo caso de contagio, más el de un Juvenil que tiene dinámica de primer equipo, con lo que los casos pasan a ser 7 (se mencionan en el escrito el nombre de los jugadores).

8.- El CD BENICASIM ante la ola actual tan contagiosa y el brote de casos en la plantilla,
siguiendo las instrucciones vigentes de la Circular 31 de la temporada 20/21 de fecha 12 de Marzo de 2021, donde se establece el protocolo de actuación ante un positivo por COVID-19, tal y como establece el punto 15, suspendió los entrenamientos.

9.- Ante la negativa de la FFCV de suspender el encuentro, el 9 de Enero el CD BENICASIM, para evitar sanciones, acude a jugar el partido sin entrenar y con tan solo 11 jugadores del primer equipo y 1 juvenil, lo que supone una total desventaja deportiva y sin saber si puede haber algún jugador más en el equipo contagiado de COVID.

10.- El mismo día, domingo 9 de Enero, el partido CF Traiguera- ACD Peñiscola, se suspende por tener uno de los dos equipo varios casos de COVID, cuando al CD BENICASIM no se le acepta la petición de suspensión que lleva solicitando desde el miércoles 5 de enero.

11.- El 11 de Enero se presenta por parte del CD BENICASIM un recurso para que se impugne el resultado de un partido que no se debería haber jugado y se dispute nuevamente una vez superados los casos de COVID de los jugadores del CD BENICASIM.

12.- El mismo 11 de Enero el Comité de competición desestima el recurso presentado por el CD BENICASIM argumentando que “el partido se disputó al no haber sido suspendido por el Comité”.

Una respuesta vaga que no explica porque el Comité no decidió suspender el partido.
Una vez expuesto lo sucedido, pasamos a argumentar nuestra reclamación.

La circular 31, “Disposiciones extraordinarias por Covid-19 para la reanudación de las
competiciones territoriales de la FFCV”, dice en su punto 15 c) las siguientes palabras:


15- Que un equipo tenga tres o más casos positivos confirmados en su plantilla:
c. En el caso de que se considere como brote, se deberán suspender los entrenamientos y la competición de dicho equipo durante 10 días, pudiendo retomar ambos una vez transcurrido ese periodo de tiempo sin que se hayan reportado nuevos casos positivos.
Para completar ese punto añadimos este párrafo:

Según la “ESTRATEGIA DE DETECCIÓN PRECOZ, VIGILANCIA Y CONTROL DE COVID19“ aprobada por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial actualizado a 22 de Diciembre de 2022 “se considerará brote cualquier agrupación de 3 o más casos con infección activa en los que se ha establecido un vínculo epidemiológico”
Es decir, al tener más de 3 casos dentro del equipo se considera que teníamos un brote y que el mismo debería haber parado durante su actividad mediante la suspensión de entrenamientos y partidos.

Así mismo, la situación es de total irresponsabilidad por parte de la FFCV, por obligar a jugar un partido que podía ser foco de contagio y transmisión del virus.

Tras el partido se consiguen otras 2 bajas de sanidad de 2 de los jugadores que faltaban por presentarlas. Repetimos que no se presentan antes debido a la gran saturación que sufre el teléfono de los centros de salud y por lo que no podían algunos jugadores conseguir dicho papel.

Que desde el CD BENICASIM, ni antes de disputar el partido ni después, entendemos la negativa de la FFCV a la suspensión del partido. Que NO entendemos como ante una pandemia mundial, la FFCV obliga a disputarse un partido en el que uno de los equipos está considerado foco de infección activa poniendo en riesgo de contagio a todos los asistentes al encuentro y en especial a los jugadores de ambos equipos.

Que NO entendemos porque si se aplazan otros encuentros en nuestro grupo o en otras categorías por el mismo motivo y NO el del CD BENICASIM

PRUEBAS

Se anexa al final del recurso todos los documentos necesarios para argumentar lo anteriormente expuesto.
POR TODO ESTO SOLICITA
La impugnación del partido que tuvo lugar el día 9 de enero que enfrentaba al CD ALMAZORA B y al CD BENICASIM A ya que la Federación no lo suspendió como si hizo con otros partidos de la misma liga, y que se vuelva a disputar dicho partido en condiciones justas y evitando riesgos sanitarios innecesarios

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