CIRCULAR INFORMATIVA DEL COMITÉ TÈCNIC D´ENTRENADORS A PREPARADORES FÍSICOS (PF)
La normativa vigente en relación con la organización de técnicos entrenadores, incluye también a los Preparadores Físicos que estén en posesión del Título de Licenciado o Graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte, con al menos Nivel 1 federativo o UEFA B; así como aquellos que estén en posesión de la titulación correspondiente expedida por la RFEF (art. 28 RGRFEF y art. 195 RGFFCV)
La única excepción a esa normativa se aplicará a aquellos Preparadors Físics, que hayan tenido licencia activa como PF en categoría nacional en anteriores temporadas a la próxima 2024/25.
Por tales motivos y excepcionalmente, este Comité Técnic d´Entrenadors de la FFCV, concede una moratoria de dos (2) temporadas con la intención de poder regularizar y completar la formación de los Preparadores Físicos al respecto, realizando los cursos correspondientes de UEFA C y UEFA B, y que será aplicable, a todos los colegiados como Preparadores Físicos, que hayan tramitado licencia activa como PF, en cualquier competición de la FFCV.
Para todas aquellas personas interesadas en tramitar por primera vez una licencia de PF, en categorías territorial o nacional, deberán ceñirse a la reglamentación en vigor.
A partir de la próxima temporada 2024/25 solo se podrán diligenciar las Licencias de Preparador Físico que cumplan con los requisitos reglamentarios citados con anterioridad.