Ayudas de 2.000 euros a los clubs de Preferente Aficionados y 600 de Autonómica Femenina

Asamblea
Imagen FFCV

La Federació de Fútbol de la Comunitat Valenciana, mediante acuerdo de la Junta Directiva de fecha 13 de diciembre de 2022, ha remitido a los clubs la Convocatoria de Ayuda a Clubes no profesionales afiliados a la FFCV, de conformidad con las siguientes:

BASES

Artículo 1. Objeto de la Convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayuda a entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro afiliadas a la Federació de Fútbol de la Comunitat Valenciana de categoría territorial, con participación en las máximas competiciones oficiales de carácter autonómico, en las modalidades de fútbol y fútbol sala que comprende las categorías Preferente Masculina y Autonómica Femenina de Fútbol, y la Regional Masculina y Autonómica Femenina de Fútbol Sala

Atendiendo a la estimación de gastos y las diferencias existentes entre las categorías por razón de arbitraje, licencias y kilometrajes, entre otros, se establece la siguiente tabla con los importes asignados a cada club según su categoría.
Categorías Importe asignado
Fútbol. Preferente Masc – 2.000,00 €
Fútbol. Autonómica Fem – 600,00 €
Fútbol Sala. Preferente Masc – 200,00 €
Fútbol Sala. Autonómica Fem – 400,00 €

Artículo 2. Presupuesto

1 La ayuda concedida tendrá una cuantía máxima total de 184.200.-€
2 La totalidad de estos recursos para la temporada 2022/2023 surge del Presupuesto de la FFCV para el 2023 y tiene su origen en fondos propios. En todo caso, la cantidad final asignada vendrá determinada en la proporción de los ingresos efectivamente obtenidos por los conceptos que constituyen las fuentes de financiación de las ayudas a los efectos de salvaguardar el equilibrio patrimonial de la FFCV.

Artículo 3. Beneficiarios.

Para ser admitido en la valoración inicial, las entidades solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

Ser una entidad deportiva sin ánimo de lucro afiliado en la Federació de Fútbol de la Comunitat Valenciana, y participante en la máxima categoría de las competiciones oficiales autonómica en la modalidad de fútbol y fútbol sala. Se excluyen aquellas entidades que participen en competiciones profesionales o mantengan una relación de dependencia económica o filiación deportiva con algún club que participe en competiciones profesionales

Estar al corriente de pago y de sus obligaciones frente a la Federació de Fútbol de la Comunitat Valenciana

Será motivo de exclusión de la Ayuda correspondiente que los clubes hayan utilizado hayan utilizado arbitrajes que no estén federados.

Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y la AEAT

Artículo 4. Presentación de solicitudes: documentación, plazo y lugar.

Solicitudes. Las solicitudes se formalizarán en los modelos que figuran como Anexo I: Solicitud y Anexo II: Aceptación de condiciones.

Plazo. Las solicitudes podrán presentarse desde el día de su publicación hasta el 31 de marzo de 2023, inclusive.

Documentación. Las solicitudes adjuntarán los siguientes documentos:

  • a) Documentos anexos: Anexos I y II
  • b) Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social, con una validez de un mes
  • c) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT, con una validez de seis meses

Lugar. La presentación de solicitudes y documentación podrá realizarse ante el Registro de Entrada de la FFCV, en su sede y delegaciones, o mediante remisión electrónica a la dirección ayudas@ffcv.es

Artículo 5.- Criterios de valoración

La distribución de las cantidades asignadas para esta convocatoria se realizará atendiendo el cumplimiento de los requisitos establecidos y la presentación de la documentación requerida según los artículos 3 y 4 de la presente convocatoria.

Artículo 6. Procedimiento de concesión.

1.Admisión
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el día 31 de marzo de 2023, podrá requerirse a la entidad solicitante, en el plazo improrrogable de cinco días naturales, que aporte la documentación omitida, o modifique en su caso la presentada, subsanando errores. Transcurrido dicho plazo y no habiendo cumplido con lo solicitado por la FFCV se le tendrá por desistido de la solicitud presentada.
2.Comisión de Valoración.
La Comisión de Valoración es un órgano colegiado de carácter técnico, compuesta por tres miembros del área gestora del gasto o técnicos internos especialistas en la materia.
Tras la evaluación de las solicitudes, se emitirá la relación provisional de beneficiarios, en un plazo máximo de cinco días naturales, donde conste la entidad deportiva y la cuantía concedida.
Se establece un plazo de cinco días naturales desde el día siguiente al de la publicación para la presentación de las alegaciones que consideren oportunas.
3.Resolución.
Transcurrido el plazo establecido y vistas las alegaciones presentadas, en su caso, se emitirá en un plazo de cinco días naturales la relación definitiva de los beneficiarios, con el detalle de la entidad y cuantía.
4.Notificación
Una vez formulada la propuesta de resolución definitiva, esta se notificará a los beneficiarios a través del portal web de la FFCV y los tablones de anuncios de la FFCV en sus distintas sedes y delegaciones.
5.Pago
El pago de la ayuda se realizará, mediante abono en la cuenta federativa en un plazo no superior a un mes desde la resolución definitiva.

Artículo 7. Obligaciones de los beneficiarios.

Los beneficiarios estarán obligados a:

  • Permanecer en la competición durante toda la Temporada 22/23. En caso de causar baja en la competición, el club estará obligado a la devolución de la cantidad proporcional desde el momento de la concesión hasta su retirada de la competición.
  • Colaboración en acciones sociales, formativas y de fomento de la FFCV, con la cesión de personal técnico o jugadores/as.
  • Los clubes beneficiarios deberán lucir el distintivo de la FFCV “modo parche” en la manga derecha de sus equipaciones oficiales, en todos los partidos de las competiciones oficiales donde participen. En las categorías Valenta además, deberán lucir el distintivo de Valenta “modo parche” en la manga izquierda de sus equipaciones oficiales, en todos los partidos de las competiciones oficiales donde participen. El cumplimiento de esta obligación estará condicionado a que la FFCV facilite en tiempo y forma los parches indicados, sin que pueda modificar la concesión de la ayuda por esta causa.

Artículo 8. Tratamiento de datos

Los datos personales de los/as solicitantes, forman parte de ficheros responsabilidad de la FFCV, único destinatario de la información aportada voluntariamente. Estos ficheros se utilizarán con la finalidad exclusiva de gestionar las ayudas en procedimientos de concurrencia competitiva por la FFCV, lo cual, no podrá llevarse a cabo sin los datos personales de los solicitantes. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ser ejercidos mediante escrito, que deberá presentarse en el Registro de la FFCV.

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